10 de marzo de 2004, Vol. 5, No. 2 ISSN: 1607-6079
[contenidos de RDU...] [Ver ejemplares anteriores de RDU...] [Volver a la portada de RDU] [Busca en los archivos de RDU] [Recomienda RDU a un amigo] [Vínculos]

 


 

Reacciones legales en México y alrededor del mundo por la
clonación artificial


En Europa el Consejo Europeo ha solicitado a sus países miembros que prohíban la Clonación Reproductiva. Alemania, Inglaterra y Francia (donde se votó en contra por unanimidad) han firmado el acuerdo. Sin embargo, en Inglaterra se permite la Clonación Terapéutica con Células Troncales sólo en ciertas situaciones: a partir de embriones tempranos (blastocistos) congelados o del paciente generados por clonación artificial de transferencia nuclear. En Asia, China permite la investigación con células troncales.

En México, la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó el 26 de Noviembre del 2002 (ratificado el 3 de Diciembre del 2003) un dictamen que prohíbe cualquier tipo de clonación humana. En EEUU. la administración Bush aprobó en 2003 la Human Cloning Prohibition Act y la Human Cloning Ban and Stem Cell Research Protection Act que contemplan: 10 años de cárcel, $1 MDD de multa y pérdida de licencia profesional por manipular células troncales humanas para clonación terapéutica o reproductiva. Sólo puede experimentarse con las 10 líneas de células troncales de blastocisto humano YA existentes, NO generar nuevas a partir de embriones congelados o clonados. Como EEUU. es pionero en la investigación con células troncales a través del Dr. Thompson y otros, la comunidad científica está dividida además de los senadores y representantes al Congreso (lo cual no significa que esta investigación legalmente prohibida no se practique ahí y en otros lugares). Vale decir que en el mundo existen 170 países que NO tienen una legislación que cubra aspectos de Clonación Humana.

Anterior
Volver a Debate sobre el uso de las células toncales de blastocisto humano