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Hace unas décadas prevalecía la idea de un mundo lleno de recursos inagotables; en la actualidad esta visión positiva se ha venido abajo. H. Daly lo plantea con toda claridad cuando percibe que la economía humana ha pasado de una era en la que la acumulación del capital (capital hecho por el hombre) era el factor que limitaba el desarrollo económico, a otra en la que el factor limitante es lo que resta del capital natural. Según la lógica económica se debería de maximizar la productividad de este factor cada día más escaso y tratar de aumentar su disponibilidad. Por ende, la política económica debería de ser diseñada para incrementar el capital natural y su volumen .
María Eugenia Verdejo1
El concepto de desarrollo sustentable nace a partir de la década de los 80 y es fuertemente impulsado por las políticas liberalizadoras impuestas por los organismos financieros internacionales, como resultado de la crisis de deuda sufrida por los países en desarrollo en esa década.
El nuevo modelo de desarrollo económico impulsa las bondades del mercado como elemento facilitador del desarrollo, recordemos que uno de sus principales supuestos es que los mercados competitivos conllevan a asignaciones óptimas de los recursos. En este sentido, el modelo ha demostrado no ser lo suficientemente rápido, y en ocasiones francamente ineficaz, tanto para conseguir los objetivos de un desarrollo económico benéfico para su población como para la evolución de los principales agregados económicos.
Como tal, el concepto de desarrollo sustentable no debería estar enfrentado al desarrollo económico, sin embargo, la inadecuada valorización del stock de capital natural y el crecimiento basado en la misma, hace que por el momento estos dos conceptos: desarrollo económico así como desarrollo sustentable sean incompatibles, pese a los esfuerzos hechos en esta materia. Es esta problemática, en el caso de México, la cual se tratará de analizar dentro del presente artículo.
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El desarrollo sustentable en México
Toda la década de los años ochenta fue
declarada por Naciones Unidas como la "década perdida".
Muchas economías no desarrolladas y excesivamente endeudadas
(latinoamericanas, asiáticas y africanas), perdieron en términos
de crecimiento, empleos, ingresos, progreso y adicionalmente el stock
de capital natural. México no fue la excepción.
A finales de esta década, la sustentabilidad del desarrollo
se convirtió de reclamo marginal o inexistente a exigencia
emergente en la agenda de los movimientos y organizaciones sociales,
del sector privado y de las políticas y acciones de algunos
gobiernos. Para los años noventa, la sustentabilidad del
desarrollo pasó a ser tema obligado tanto en el debate político
como en cualquier programa de gobierno. El concepto de sustentabilidad
fue acuñado en el documento Nuestro Futuro Común,
mejor conocido como el Informe Brundtland de 1987. Dicho concepto
evoca viejas polémicas de la disciplina económica
como las referidas2:
Este término acuñado en 1987 por la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el desarrollo llamada Comisión Brundtland, sobre el desarrollo sustentable, se define como aquel que “Satisface las necesidades de la generación
presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras
para satisfacer sus propias necesidades”.3
A partir de lo anterior, al decir que el desarrollo
sustentable implica la satisfacción de las necesidades de
las sociedades presentes, sin poner en riesgo la de las generaciones
futuras, se indica es que ya no sólo tenemos que preocuparnos
por asignar racional y eficientemente los escasos recursos hacia
fines alternos de utilización, sino que también lo
tenemos que hacer sin degradar la base biofísica sobre la
cual se erige todo el circuito económico4.
Se alude, de esta forma, a la eficiencia y a la equidad, y no solamente
entre los agentes sociales presentes, los cuales sabemos tienen capacidad
de presión, y diferentes formas de representación y
decisión, sino también entre los individuos y agentes
sociales futuros.
En México se ha buscado instaurar un régimen jurídico normativo, que coordine las problemáticas ambientales y la utilización sustentable del stock de capital natural, previendo que el grado de capacidad de dichas normas y su aplicabilidad hagan de ellas mecanismos efectivos de preservación del ambiente y de los recursos naturales.
En este mismo sentido, la Carta Magna establece diversas disposiciones
de carácter ambiental que son la
base del sistema jurídico actual. Es importante mencionar
que a partir del artículo 27, que se refiere a la conservación
de los recursos naturales, se ha dado suma importancia al medio
ambiente5.
Como se ha dicho, el desarrollo sustentable
está implícito en el texto del artículo 27
constitucional, donde se vislumbra el concepto de conservación
de los recursos naturales señalando que: “La Nación
tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad
privada las modalidades que dicte el interés público,
así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento
de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con
el objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza
pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo
equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones
de vida de la población rural y urbana(…)”. “Conservación
mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para
preservar y restaurar el equilibrio ecológico…”6
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Leyes ambientales
Ante el creciente reclamo de la sociedad civil por
crisis ambientales en zonas metropolitanas, en 1983 se crea la Secretaría
de Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE). No obstante, este
avance institucional expresa la respuesta tardía del Estado
ante la gravedad de la contaminación ambiental urbana y de
la degradación ecológica acumulada en el país.7
Más tarde, en 1988, se publica la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), con
lo que se inicia un nuevo periodo en México, en el cual se
añadieron a las prioridades de Estado existentes: combate
a la inflación, ajuste macroeconómico recesivo, apertura
comercial y privatización económica, el desarrollo
sustentable.8 Dentro
de esta Ley, se reunieron un conjunto de herramientas jurídicas
que han hecho posible los avances en torno a la gestión ambiental,
ya que no sólo regulan la contaminación del ambiente,
sino que también incorpora el tema del uso sustentable de
los recursos naturales. Además, existen otros ordenamientos
que regulan conductas que inciden en la protección de medio
ambiente como son la Ley de Vida Silvestre, la Ley Forestal, la Ley
de Pesca, la Ley de Bienes Nacionales que ordena la Zona Federal
Marítimo Terrestre, la Ley de Aguas Nacionales, entre otros.
Por otra parte, la reunión de la Comisión de las Naciones
Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), conocida
como la Cumbre de Río de Janeiro, incorpora al derecho sobre
el desarrollo de junio de 1992, el derecho que tienen las futuras
generaciones en el principio Núm. 3 estableciendo: “El
derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente
a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones
presentes y futuras”; y en el principio Núm. 4 se postula
el derecho al desarrollo sostenible como un fin a alcanzar diciendo: “A
fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del
medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso
de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada”.9
Al mismo tiempo, se dieron como resultado un conjunto de lineamientos
estratégicos en torno a la instrumentación del desarrollo
sustentable agrupados en un documento denominado Agenda 21, ratificado
por México.
A comienzos de la década de los 90, con una lenta y muy concentrada
recuperación económica, parecía que podríamos
estar en el camino de consolidar el desarrollo sustentable, sin embargo,
los acontecimientos que se originaron en el país como el levantamiento
armado en Chiapas en la misma fecha en que se ponía en vigor
el TLCAN, así como la crisis institucional del país
entero, nos alejaron en todo de la sustentabilidad.
La lenta y tardía evolución institucional del país
en materia ambiental se demuestra con la creación de la Comisión
Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO)
hasta 1992 y que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología
(SEDUE) cediera el paso a la Secretaría de Desarrollo Social
(SEDESOL), para que más tarde, también en diciembre
de 1994, se conformara la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos
Naturales y Pesca (SEMARNAP).10
La Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca
(SEMARNAP) fue creada con el compromiso de formular y vigilar el
cumplimiento de las leyes y normas en materia ambiental, así como
estimular el aprovechamiento racional de los recursos naturales renovables,
no sólo para su preservación sino también para
asegurar el stock de capital natural del desarrollo económico
nacional y contribuir a mejorar el nivel de vida de la población,
garantizando su sustentabilidad presente y futura. La SEMARNAP se
constituye con los recursos de varias dependencias públicas
de la extinta Secretaría de Pesca y su Instituto Nacional
de Pesca, de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos,
de donde provienen el área forestal y los organismos desconcentrados
Comisión Nacional del Agua (CNA) e Instituto Mexicano de Tecnología
del Agua (IMTA), del Instituto Nacional de Ecología (INE)
y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
(PROFEPA), sectorizados en la Secretaría de Desarrollo Social,
y de la parte relativa a la zona federal marítimo terrestre
(ZOFEMAT), anteriormente ubicada de la Dirección General de
Patrimonio Inmobiliario de la Secretaría de la Contraloría
General de la Federación.11
Durante décadas, las estrategias y políticas de desarrollo subestimaron los costos económicos y sociales del crecimiento demográfico, la desigual distribución territorial de la población, el impacto de las actividades productivas y la urbanización sobre la calidad del aire, el agua y los suelos, eludiendo las implicaciones de la degradación y destrucción de los recursos naturales, lo cual se tratará de analizar mediante una revisión histórica de los principales indicadores económicos y ambientales.
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Evolución histórica de los principales indicadores económicos y ambientales (1980-2007)
|
La tabla 1 muestra las secretarias de estado
históricamente
encargadas de velar por el desarrollo sustentable en nuestro
país, así como los presupuestos que han ejercido
en este tiempo, sin embargo, resulta interesante observar la última
columna, la cual nos indica el porcentaje de participación
del presupuesto dedicado al ambiente como proporción del
presupuesto federal. |
Dado que estos dos conceptos tienen valores muy semejantes, esto puede ser un acercamiento para calcular la sustentabilidad económica de nuestro desarrollo; uno de los puntos medulares del desarrollo sustentable es hacer compatible el desarrollo económico con el medio ambiente. Por lo tanto, a partir de estos datos y los que expondremos a continuación estaremos en condiciones de evaluar el desarrollo sustentable en relación al crecimiento económico en los últimos años.
A continuación se presenta una serie de gráficos en los cuales se intenta resaltar las principales variables a observar durante el periodo, con el propósito de verificar si han sido compatibles el crecimiento económico de las últimas décadas con el concepto de desarrollo sustentable.
Para finalizar diremos que el concepto de desarrollo
sustentable se implementó en México como resultado
de acuerdos internacionales, muchos de los cuales tienen que ver
con las políticas
liberalizadoras que se impusieron en todo el mundo a partir de la
década de los 80. Podría decirse que durante
su primera etapa este concepto se quedó en un ámbito
discursivo e institucional, aunque si se formaron nuevas dependencias
encargadas de implementar dicho concepto, sin embargo es hasta la
década de los 90 y particularmente a partir de 1996,
cuando podemos observar un crecimiento sustancial en el gasto de
gobierno con propósitos ambientales.
Es indudable que se ha avanzado mucho en estas últimas décadas,
sin embargo, al comparar los discursos con los datos económicos
sólidos, no superan esta prueba, lo que da como resultado
un crecimiento económico basado en la insustentabilidad del
aprovechamiento de los bienes públicos del stock de capital
natural y una tasa de inversión promedio de 5.10% con el fin
de resarcir el abatimiento de los recursos.
De esta manera, parece que el desarrollo sustentable continúa
siendo un discurso difícil de alcanzar en una nación
que tiene como proporción de su PIB un 10% de degradación
ambiental y que sólo invierte aproximadamente el 5% del valor
de su consumo de los recursos naturales.
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Conclusiones
El modelo actual de desarrollo no ha podido dar
solución a
los grandes problemas que enfrentan hoy día los países
subdesarrollados, por el contrario los ha agudizado, reflejando un
cada vez mayor empobrecimiento de la sociedad y un enriquecimiento
desmedido de unos pocos. Además este modelo de "desarrollo" ha
contribuido de manera constante al deterioro del stock de capital
natural y en consecuencia el deterioro de la calidad de vida de la
población.
En nuestro país el error ha sido el desmedido uso de los recursos naturales bajo el criterio de la rentabilidad inmediata, provocando la destrucción de recursos potenciales cuyo valor no se refleja en el mercado.
Esta problemática se agudiza más, dado que el deterioro del medio ambiente resultado de la acción del hombre, es a la vez el elemento condicionante del desarrollo social, de manera que un desarrollo económico como el que se ha dado en nuestro país, afecta la base misma del desarrollo social. Por tanto, a pesar del crecimiento económico nacional no se ha tomado en cuenta la preservación del ambiente, por el contrario, se ha venido degradando cada vez más, debido, probablemente, a la visión cortoplacista de la satisfacción de las necesidades económicas.
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