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La creatividad como cultura

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La humanidad ha desarrollado una actividad creativa a lo largo de todos los tiempos. De ésta se tiene memoria a través de numerosos registros, desde las pinturas rupestres hasta las actuales obras digitales alojadas en la red. Igualmente se sabe del mal uso de las obras publicadas desde tiempos remotos. Publicada en 1605, Miguel de Cervantes se vio obligado a escribir un segundo volumen de su obra Don Quijote de la Mancha, debido a la aparición de una segunda parte falsa. En la Exposición Internacional de Invenciones de Viena en 1873, se hizo patente a nivel mundial la necesidad de proteger la propiedad intelectual, pues muchos de los posibles expositores no se hicieron presentes por el temor a que sus creaciones fueran copiadas y explotadas.

De inquietudes como ésta surgió el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, que entró en vigor en 1884 con la participación de 14 naciones, abarcando lo relacionado con las patentes, las marcas y los diseños industriales. En el campo de la literatura, la ciencia y el arte, el del derecho de autor, se estableció el 9 de septiembre de 1886 el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas.

La cultura mundial de esos tiempos se conformó, precisamente, gracias a la inventiva y la creatividad de autores y creadores de América y Europa, como Thomas Jefferson, Benjamín Franklin, Isaac Newton, Denis Diderot, Voltaire, Montesquieu, Emmanuel Kant, John Locke, David Hume y Johan Sebastian Bach, cuya influencia fue decisiva para la conformación de la cultura del siglo XVIII y el XIX.

El escenario actual

De acuerdo con la legislación de los países adheridos al Convenio de Berna, en la actualidad se establece que el derecho de autor gira en torno a las obras literarias, artísticas y científicas y que los autores son los titulares primigenios sobre su obra, quienes tienen el privilegio de explotarla sólo por haberla creado. Así, en el caso de México, lo que protege la Ley Federal del Derecho de Autor es la creatividad y la originalidad, que plasma un creador en un libro, una pintura o una canción, como resultado del “trabajo y el pensamiento independientes”.

 

Asimismo, entre las personas identificadas como consumidores o usuarios de libros, pinturas y canciones, se encuentran las siempre dispuestas a adquirirlos legalmente y las que a menudo están ante la disyuntiva de hacerlo así u obtener una versión “pirata” o ilegal. Dentro de esta población hay usuarios de todas las edades, pero es notorio que los jóvenes juegan un papel fundamental, debido a su avidez, sobre todo, por conseguir música y, aunque en menor medida, también libros.

 

Viéndose frente a la ley que protege a los autores y ante las estrategias comerciales de empresas editoriales y disqueras, con cierta diversidad los jóvenes de hoy han adquirido una conciencia sobre su realidad y el papel que desempeñan ante estas empresas. Es importante resaltar su presencia porque serán los creadores del futuro y de entre ellos también surgirán los legisladores que se encargarán de diseñar las leyes por venir sobre el derecho de autor.

 

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Pero… ¿qué opinan los jóvenes?

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Las editoriales y sobre todo las disqueras, se quejan de los efectos que sufren por la piratería. Señalan que incluso un disco o un libro nuevos se encuentran primero a la venta en el “mercado negro” y después en las librerías y las discotecas. También argumentan que el intercambio de canciones a través del Messenger y el correo electrónico les causa un impacto negativo. Por el estilo es el discurso de cantantes e intérpretes: el rapero Sway incorporó esta situación en la letra de su canción “Download”:

 

La gente no quiere pagar por los CD
Ahora todas las casas tienen un PC
Se descargan los discos en mp3,
Por favor, gente, sed razonables.
¿Cómo me voy a ganar yo la vida
si tenéis el álbum antes de que salga?
La calidad es una basura y no están las carátulas.
¿Creéis que se puede hacer esto?


Con base en estos argumentos, quien descarga música de Internet se convierte automáticamente en un delincuente. No obstante, sin la intención de que se entienda como una réplica para los “infractores”, valdría la pena analizar la opinión de los jóvenes. Ellos creen que descargar música es una acción muy común y al hacerlo no sienten que están haciendo algo malo, a pesar de estar informados sobre el derecho de autor.

 

Lo mismo sucede cuando descargan programas, pues piensan que se trata de una insignificancia, comparado con otros delitos. Así lo declaró Elena, entrevistada por un enviado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), con motivo de la celebración del “Congreso Mundial sobre la Lucha contra la Falsificación y la Piratería de 2007”. Su opinión quedó plasmada en el ejemplar de abril de 2007 de la revista electrónica de la OMPI, al lado de la de otros jóvenes de entre 16 y 17 años.

 

Al preguntarle a Hussein sobre lo que éticamente es bueno o malo, en lo relacionado con un delito que consideran no tiene consecuencias, como lo es hacer descargas de música en Internet, éste respondió con “un sentimiento generalizado de indignación”: “Sí, ¿qué tiene de moral cobrar 25 dólares por un cedé cuya producción cuesta 25 céntimos?, contestación que para él hace evidente “la avaricia de las empresas, ante la que los adolescentes se consideran víctimas inocentes”. A esto, Ayushi agrega que “es hipócrita decir que están perdiendo millones debido a las descargas”.

 

Sobre si la descarga de música en Internet podría perjudicar a los artistas, el propio Hussein expresó que algunos grupos musicales se han dado a conocer precisamente a través de este “intercambio”, y consideró además como hipócrita la postura de algunos conjuntos que se hicieron famosos gracias al comercio ilegal de música.

 

En relación con la cultura del derecho de autor que tendrán en el futuro estos jóvenes, resulta reflexiva la postura de este grupo de entrevistados, quienes en voz de Ricardo opinan que las empresas “tendrán que encontrar otras formas de ganar dinero, distintas de la de vender cedés, porque impedir que la gente se descargue música ilegalmente es, bueno, enormemente difícil”.

 

Podría parecer desvergonzada o cínica la opinión de este grupo de muchachos, entrevistados por la OMPI, pero es curiosa y reflexiva la afirmación que hacen además sobre lo irresistible que resulta bajar música de Internet, pues “es demasiado fácil, está demasiado al alcance de la mano; es demasiado tentador para resistirse. Un clic del ratón y ‘lo tienes todo a tu disposición. Miles de canciones con las que puedes hacer lo que quieras’ ”. Caitlin afirma que “es verdad que también está la vía legal, pero la ilegal es mucho más sencilla”.

 

A este respecto, entre los propios jóvenes podría haber consideraciones distintas, como la de Sebastián, un adolescente de 13 años, alumno de la escuela secundaria Logos del Distrito Federal, quien tiene una idea clara acerca de la legalidad para la descarga de música. Por ello compró una tarjeta de prepago de Beón, esperando encontrar su música predilecta, como la del grupo Mago de Oz.

 

Al acceder a la página Web de Beón no halló música de Mago de Oz, pero localizó una canción de My Chemical Romance. Sin embargo, se llevó una gran desilusión: después de hacer la elección de esta canción, afectando el saldo de su tarjeta pudo bajarla con una licencia y alojarla en Windows Media, pero su propósito final no pudo lograrlo, porque al intentar descargarla en su iPod se encontró con que el software de iTunes no admite canciones protegidas. La canción la puede escuchar, pero sólo a través del reproductor de su computadora.

 

Sugiere que tanto los cantantes como las empresas disqueras, contemplen la posibilidad de subir su música a sitios como Beón para enriquecerlos, porque actualmente no tienen “variedad”. Con música suficiente y legal no existiría la necesidad de acudir a otros sitios en Internet. Asimismo, agrega, si éste es un procedimiento legal para adquirir música, deben establecerse acuerdos para que los equipos reproductores como el iPod, puedan aceptar estas descargas.

Acciones para una cultura del derecho de autor

La relevancia que podrían tener la opiniones de los jóvenes, como los entrevistados por la revista de la OMPI, podría radicar en la realización de un análisis profundo sobre las variables que intervienen en esta problemática, con miras a avanzar hacia una probable solución, en la que creadores, consumidores, autoridades y la parte empresarial, vean satisfechos sus propósitos.

 

A esto hay que sumar acciones inmediatas con miras a fomentar el respeto del derecho de los autores, como la realizada por la Dirección Nacional de Derecho de Autor de Colombia a través de la publicación del libro Oficios de la imaginación: guía de derecho de autor para nuevos creadores, hecha con el apoyo de Quino, quien además autorizó el uso de la imagen de Mafalda para exhibirla al lado de mensajes alusivos en la red de transporte público de Bogotá, con el fin de “generar en la sociedad valores de respecto por el derecho de autor y los derechos conexos”.

 

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Lo que es innegable ahora es que los jóvenes de hoy serán los protagonistas del futuro del derecho de autor en el mundo. Sus afirmaciones no deben desdeñarse, porque ciertamente en la actualidad hay hechos contrastantes: existe una preocupación por proteger los derechos de los autores, pero los jóvenes tienen una gran facilidad para acceder a los productos digitales a través de las nuevas tecnologías a su alcance. Son ellos quien en un futuro harán las leyes y tendrán en su decisión la aplicación de nuevos esquemas para el uso y difusión de obras de distinta naturalaza y en diferentes medios.

 

¿Qué debe hacerse para mantener el equilibrio bajo la legislación actual? ¿Debe incluirse dentro de los programas académicos la materia “uso de contenidos en la red”? ¿Debe hablarse del derecho de autor en la materia de civismo? ¿A qué nivel debe comenzarse a introducir este tema en los jóvenes: primaria, secundaria, bachillerato? ¿Qué debe hacerse para crear esta cultura en los que ya fuimos jóvenes? Estos cuestionamientos abren muchas otras interrogantes, cada lector podrá ahora hacerlas suyas. La intención no es otra más que manifestar que este es un tema de alta controversia y que falta mucho camino por andar

 

Bibliografía

Moles, A. (1975) La Comunicación y los mass media. Bilbao: Ediciones Mensajero, 677 pp.

OMPI (2007) “Charla con la generación digital” [en línea]. Revista de la OMPI. Abril 2007, No. 2.
<http://www.wipo.int/wipo_magazine/es/pdf/2007/wipo_pub_121_2007_02.pdf>
[Consulta: 6 julio 2007].

 

http://www.edicion.unam.mx/

 

Sitios de interés

 

Página del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

 

Sitio que ofrece capacitación, información, servicios y consultas en las diversas ramas del derecho, entre otros beneficios.

 

Página en que se ofrecen servicios legales e información diversa, relacionados con la propiedad intelectual, en España.

 

Página de la Sociedad General de Escritores de México.

 

Página de los abogados de Puerto Rico.


Página del copyright del gobierno de Estados Unidos.

 

Página de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

 

Página del Instituto Nacional del Derecho de Autor.

 

Información de la OMPI acerca de las prerrogativas del derecho de autor.


Información sobre el derecho de autor en la página de la UNESCO.

 

Número 6-7 de los Cuadernos de Documentación Multimedia, derivados del Servicio de Documentación Multimedia (MULTIDOC) de la Universidad Complutense de Madrid, acervo alimentado por la Red Iberoamericana de Documentación Informativa Multimedia, conformada por España, Portugal, Iberoamérica y la RedIRIS del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

 

Página del Centro Mexicano de Protección y Fomento de los Derechos de Autor. Sociedad de Gestión Colectiva.

 

Página de José Antonio Millán, que contiene artículos sobre el derecho de autor en la era de Internet.

 

Sitio de Raúl Trejo Delarbre, sobre Internet, los medios de comunicación, la política y la cultura.

 

Página Viviendo en el Aleph, sobre Internet, cibercultura y la sociedad de la información


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